La Institutio Generalis Missalis Romani (IGMR, n. 204) respon:
"Por una causa especial, como sería el mayor sentido que tiene un rito o de una festividad, se concede facultad de celebrar o concelebrar varias veces en el mismo día, en los siguientes casos:
a) Si alguien celebró o concelebró el Jueves Santo en la Misa Crismal, puede celebrar o concelebrar también en la Misa vespertina en la Cena del Señor.
b) Si alguien celebró o concelebró en la Misa de la Vigilia Pascual, puede celebrar o concelebrar la Misa en día de Pascua.
c) En la Navidad del Señor todos los sacerdotes pueden celebrar o concelebrar tres Misas, con tal de que ellas se celebren a su tiempo.
d) El día de la Conmemoración de todos los fieles difuntos, todos los sacerdotes pueden celebrar o concelebrar tres Misas con tal de que las celebraciones se hagan en diversos tiempos y observando lo establecido acerca de la aplicación de la segunda y de la tercera Misa.
e) Si alguien concelebra con su Obispo o su delegado en un Sínodo y en la visita pastoral, o con ocasión de reuniones de sacerdotes, puede de nuevo celebrar otra Misa para utilidad de los fieles. Lo mismo vale, observando lo que debe observarse, para las reuniones de religiosos."